El esfuerzo para atender el Fondo Solidario de Vivienda, cuyo bono expiró en junio de 2024, y la reciente Resolución ministerial No.1000-2025, que reglamenta el artículo 21 (transitorio) del Decreto Ejecutivo No. 306 de 31 de julio de 2020, que crea ese programa habitacional, fue explicada a los miembros de la Junta Directiva de la Cámara Panameña de la Construcción (Capac) por el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial (Miviot).
En una cortesía de sala, el ministro Jaime A. Jované C., acompañado del viceministro de Vivienda, Fernando Méndez y la asesora legal, Idelcarmen de Palma, expuso que la reglamentación del artículo 21 indica que todo lo que estaba en trámite o en proceso de construcción con 60% de avance, con un comprador asignado y un beneficiario que cumplía todas las reglas, tenía derecho a seguir el proceso de construcción, terminación y pago del Bono Solidario.
La Resolución No.1000-2025 de 11 de septiembre de 2025, que consta de cuatro artículos y está firmada por Jované y el viceministro de Vivienda, encargado, Alcibiades Pinzón, establece las condiciones que deben mantener los proyectos del Fondo Solidario de Vivienda que no se habían concluido al 30 de junio de 2024.
El documento, promulgado el pasado 16 de septiembre, indica que se continuará con el trámite administrativo de estos proyectos hasta la entrega de la vivienda aprobada únicamente si cumplen con ciertas condiciones.
Jované destacó que hubo un rango de construcción promedio de 6 mil unidades por año, pero llegó a un máximo de 8 mil y además que el código RBS, para viviendas de interés social, se mantuvo como zonificación para los desarrollos de las barriadas.
“El Bono Solidario como aporte a la compra de la unidad de vivienda, como el abono del comprador, tiene reglas muy claras. El Bono no existe, acabó el 30 de junio de 2024. Lo que hay es una reglamentación para tratar de resolver todo lo que está en trámite al momento de la terminación del programa”, subrayó.
La Resolución No.1000-2025 señala que entre las condiciones para continuar el trámite administrativo, los proyectos aprobados con código de zona RBS tengan las viviendas construidas y sus beneficiarios, que los proyectos en construcción cumplan con lo establecido en la Resolución No. 430 de agosto de 2020, que reglamenta el Decreto que crea el Fondo Solidario de Vivienda, al momento de la inspección, y que las viviendas tengan su compromiso de pago registrado mediante resolución ministerial.
El pago del bono solidario a los beneficiarios se desembolsará siempre que cumplan con los requisitos de la Resolución No. 430 de 2020. La resolución es de interés social y tiene efectos retroactivos a partir del 1 de julio de 2024.
En la reunión de Junta Directiva estuvieron el presidente de la Capac, Alejandro Ferrer Solís; el viceministro de Obras Públicas, Iván De Ycaza; la secretaria ejecutiva de Convivienda, Elisa de Suárez y demás agremiados al sector de la construcción.
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