En entrevista en Nex Noticias, EL ABOGADO Juan Carlos Arauz, profundiza en la distinción legal entre la anulación de un contrato específico y la permanencia de la actividad minera como una facultad constitucional del Estado panameño.
El jurista aclara que el fallo de la Corte Suprema no erradica la industria, sino que invalida un documento jurídico particular, manteniendo intacta la competencia del Ejecutivo para negociar nuevos acuerdos que protejan los intereses nacionales y la inversión extranjera.
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