El Consejo de Gabinete aprobó hoy el Decreto N°116-25, que prorroga por 6 meses adicionales la vigencia del Decreto de Gabinete N° 5 de 30 de marzo de 2021, que establece medidas relacionadas a la comercialización del café tostado, un producto calificado de sensitivo para la economía nacional del que dependen 7,700 trabajadores que cosechan unos 230 mil quintales del grano por año.
El Decreto establece que la medida se toma debido a que en la comercialización del grano se siguen detectado conductas de incumplimiento de normas nacionales de salud pública, lo cual hace necesario implementar medidas de control para asegurar la observancia de dichas leyes respecto a un producto esencial del sector agropecuario nacional y de la canasta básica familiar panameña.
Cabe destacar que el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) permite establecer prohibiciones o restricciones a la importación de mercancías cuando sean necesarias para la aplicación de normas o reglamentaciones sobre la clasificación, el control de la calidad y la comercialización de productos destinados al comercio internacional.
En la última reunión de la Cadena Agroalimentaria de Café, el pasado 26 de septiembre de 2025, se evaluó la medida de control a la comercialización de café tostado y se recomendó al Órgano Ejecutivo prorrogar por seis meses el Decreto de Gabinete N° 5 del 30 de marzo de 2021, que establece medidas temporales de control a la comercialización de café tostado.
Tras ello, la Comisión Interinstitucional de Defensa de la Producción Nacional, el día 6 de octubre de 2025, aprobó recomendar su extensión temporal de control a la comercialización de café tostado.
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