La directora general de Salud Pública del Ministerio de Salud (Minsa), Melva Cruz, explicó que el Decreto Ejecutivo N° 122 del 14 de septiembre, levanta las medidas sanitarias de distanciamiento físico, aforo y sanitarias para los viajeros dictadas con motivo de la Covid-19.
“Este decreto levanta las medidas de obligatoriedad del cumplimiento de las medidas de distanciamiento y aforo establecidas en el territorio nacional y también levanta las medidas de restricción para los viajeros que ingresaban al país”, declaró.
Agrega que también se levanta el Decreto Ejecutivo 852, que establecía que las actividades concurridas fueran festivas, recreativas o religiosas, requerían de un permiso para poder tener un aforo del 100% y que todos debían estar vacunados y que debían presentar el código QR y el esquema de vacunación; añadió que “este cumplimiento, ya se levantó y no es necesario ni solicitar el permiso, ni tampoco presentar la tarjeta de vacunación en actividades concurridas”.
Esto también, en su momento, estaba contemplado para varios sitios, como restaurantes, cines, museos, gimnasios, explicó Cruz que esta medida aplica para todo tipo de actividad tanto abierto como cerrada.
En cuanto a los viajeros, el decreto que estaba vigente en el país, establecía que para ingresar al país, se requería tener el esquema completo o al menos dos dosis y si por alguna razón, no contabas con el esquema de vacunación completo, requerías presentar una prueba negativa con 72 horas de antelación.
“Con este nuevo decreto, esta medida se levantó la obligatoriedad, o sea que ya no se debe presentar ni tarjeta de vacunación, ni QR, ni prueba de hisopado, al ingresar al país”, agregó.
Añadió que se mantiene la obligatoriedad del uso de la mascarilla en el transporte público, tanto colectivo como selectivo; en las instalaciones sanitarias y los manipuladores de alimentos, deben continuar usando su mascarilla, al momento del expendio de alimentos.
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