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3 años atráson
By
Allan Bernal
La Suprema Corte de México despenalizó el aborto a nivel federal, en una decisión que amplía la legalidad de la interrupción del embarazo al resto del país, en línea con otras naciones en América Latina, aunque grupos conservadores ya consideran organizar movilizaciones contra el fallo.
Por unanimidad, los tres ministros de la Primera Sala de la corte declararon el miércoles inconstitucional el apartado del Código Penal Federal que criminalizaba el aborto, en una decisión elogiada por diversas organizaciones dentro y fuera del país mayoritariamente católico.
Con esta medida se dio “un paso más allá” de la sentencia de la corte del 2021, cuando se declaró inconstitucional penalizar el aborto, pues ahora con la modificación del Código Penal Federal todas las instituciones de salud federales, que cubren 70% de la población, están obligadas a prestar los servicios de interrupción del aborto, dijo a The Associated Press Isabel Fulda, subdirectora del Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), que presentó la acción ante el máximo tribunal.
Fulda aclaró que la sentencia no cubre a 21 de las 32 entidades federativas del país donde aún no se han modificado los códigos penales estatales en materia de aborto, pero señaló que espera que la decisión de la corte impulse a los legisladores de esos estados a hacer los cambios para que los centros de salud estatales puedan realizar los procedimientos.
La activista dijo que aún está pendiente de decisión en el máximo de tribunal otras acciones que presentó el grupo en defensa de derechos reproductivos de las mujeres y otras organizaciones para despenalizar el aborto en esos 21 estados. “Es cuestión de tiempo para que se tenga este efecto cascada con lo que sucedió hoy”, agregó.
El máximo tribunal dijo en un comunicado que las normas que penalizan el aborto voluntario, ya sea que otra persona lo practique o que la mujer o persona gestante se lo autoprocure, son “inconstitucionales al anular por completo el derecho a decidir”.
Sostuvo que la criminalización del aborto constituye un “acto de violencia y discriminación por razón de género”. Asimismo, se determinó que es inconstitucional la regulación que impone la suspensión del ejercicio de la profesión a los médicos o parteras que practiquen los abortos.
La Corte señaló que el Congreso debe derogar las normas contenidas en el Código Penal Federal que criminalizan el aborto voluntario antes de que finalice el período de sesiones tras la notificación de la sentencia.

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