La Corte Suprema de Justicia (CSJ) publicó el fallo sobre el matrimonio igualitario, el cual considera que «no tiene categoría de derecho humano ni fundamental».
Sin embargo, la CSJ sí reconoce que es una aspiración legítima que tienen la comunidad LGTBI la de exigir un su unión legal.
Asimismo, asegura que no son inconstitucionales la frase “entre un hombre y una mujer”, contenida en el artículo 26 del Código de la Familia de la República de Panamá, ni la expresión “las personas de ese mismo sexo”, incluida en el precepto 34, numeral 1, también del Código de la Familia de la República de Panamá, en un fallo del 16 de febrero de 2023.
La Corte Suprema también aclara que «como guardiana e intérprete de la Constitución Nacional, no tiene facultad para decretar o proclamar derechos fundamentales que no estén positivizados e incidir en la eficacia y vigencia del contenido normativo del texto constitucional».
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